PLUSVALIA

PLUSVALIA: NUEVA REGULACION

PLUSVALIA: NUEVA REGULACION

                Hoy entra en vigor el  Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que fue publicada en el día de ayer en el BOE.

                La regulación para adaptarse a la citada sentencia introduce las siguientes modificaciones:

1.-No se producirá la sujeción al impuesto en las transmisiones de terrenos respecto de los cuales se constate la inexistencia de incremento de valor por diferencia entre los valores de dichos terrenos en las fechas de transmisión y adquisición.

2.- La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un periodo máximo de veinte años

3.- Se modifica el coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo que se gradúa para cada año con un máximo independiente que será el aprobado cada año por el Ministerio de Hacienda en norma con rango legal

4.- Establece también la tributación de las plusvalías generadas en un período de tiempo inferior al año, se prorrateará el coeficiente anual teniendo en cuenta el número de meses completos, es decir, sin tener en cuenta las fracciones de mes».

5.- Los ayuntamientos que tengan establecido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana deberán modificar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, sus respectivas ordenanzas fiscales para adecuarlas a lo dispuesto en el mismo.

Hasta que entre en vigor la modificación a que se refiere el párrafo anterior, resultará de aplicación lo dispuesto en este real decreto-ley, tomándose, para la determinación de la base imponible del impuesto, los coeficientes máximos establecidos en la redacción del artículo 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales dada por este real decreto-ley.

Texto Real Decreto: https://boe.es/boe/dias/2021/11/09/pdfs/BOE-A-2021-18276.pdf

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