DERECHO VIVIENDA

LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA COPROPIEDAD

Hoy dejo un breve comentario sobre una reciente sentencia del Tribunal supremo referente a la legitimación activa para interponer una demanda de desahucio por precario por parte de los copropietarios de una vivienda.

El caso es el siguiente:

  • Una herencia y numerosos herederos
  • Quien tiene el 50 % de la propiedad le cede la vivienda en precario a un tercero sin el consentimiento de los demás propietarios
  • Los demás propietarios interponen una demanda de desahucio por precario

El Tribunal Supremo concluye que:

– tienen legitimación activa para interponer la demanda

–  que el copropietario no tiene el poder de disposición en exclusiva

– Los demás propietarios actúan en beneficio de la comunidad, pues la ocupación de la vivienda se puede considerar como una carga, tanto para los copropietario como para los terceros y ello redundaría en el beneficio económico que se podría obtener en la venta.

La sentencia es la STS 1998/2023 de 9 de febrero.

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