
El RD Ley 8/2020 establece una moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias de los colectivos particularmente vulnerables, ya que tal y como estable en la exposición de motivos “es de especial importancia garantizar el derecho a la vivienda a los deudores hipotecarios en situación de especial vulnerabilidad que vean reducir sus ingresos como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19”.
Se regula en los artículos 7 a 16 del citado RD Ley, estableciendo el ámbito de aplicación, la definición de la situación de vulnerabilidad económica, el alcance a fiadores, avalistas e hipotecantes no deudores, la acreditación de las condiciones subjetivas, la solicitud de la moratoria, la concesión y sus efectos, y por último las consecuencias derivadas de la aplicación indebida de las medidas.