COLIVING
Los tiempos cambian a un ritmo vertiginoso y las necesidades de vivienda también, en especial para los jóvenes.
Una nueva forma de vivir es la denominada coliving, que ya se está implantando con fuerza en nuestro país (empezando por las grandes ciudades) , siguiendo el camino que se está produciendo en Europa y en EE.UU.
Pero los inversores que apuestan por este modelo habitacional se encuentran con una ausencia de regulación normativa.
El coliving no es un arrendamiento de vivienda, tampoco es una residencia, ni un establecimiento hotelero. Tiene aspectos de los tres, pero con identidad y características propias.
En España, las competencias de urbanismo y vivienda están descentralizadas en los Ayuntamientos y en las Comunidades Autónomas.
Hasta ahora la única norma específica la tiene Cataluña en el Decreto Ley 50/2020 de 9 de diciembre de la Generalitat.
Esperemos que las CC.AA. y los Ayuntamientos sigan su ejemplo, y dicten normas reguladoras del coliving, para que este pueda tener el impulso que tiene en otros países europeos.