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CANCELACION DE UNA HIPOTECA POR CADUCIDAD

CANCELACION DE UNA HIPOTECA POR CADUCIDAD

Es posible que al vender o comprar una propiedad nos encontremos que la misma tiene una carga de una hipoteca inscrita en el Registro de la Propiedad.

La hipoteca puede ser antigua y que esté abonada hace mucho tiempo;  Puede darse el caso de  que la entidad financiera haya desaparecido.

Las hipotecas también se puede cancelar por caducidad. Pero hay que distinguir dos supuestos:

Si en la hipoteca se estableció el plazo concreto de duración,  la caducidad se producirá 20 años después de la fecha del último plazo.

Si por el contrario, no se estableció plazo de duración  en la hipoteca (circunstancia que no se produce actualmente) el plazo de caducidad será de 40 años.

El legitimado para solicitar la cancelación es quién sea titular registral de cualquier derecho sobre la finca hipotecada.

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